Las empresas eólicas y fotovoltaicas ya tienen vía libre para implantar macroparques sin consultar a los pueblos ni ayuntamientos
Teruel Existe acusa al Gobierno de legislar para
“permitir destrozar todo el medio rural”, con un proceso exprés que elimina
hasta la más mínima protección medioambiental, mucho más de lo que pide la UE.
“Esto no es una transición ecológica, destrozarán el patrimonio natural y la
biodiversidad del país para beneficiar a las empresas energéticas y fondos de
inversión extranjeros”.
Desde el pasado 28 de diciembre, cualquier proyecto
eólico o fotovoltáico, por grande que sea y a menos que esté en Red Natura 2000
(ZEPAs y LICs), se podrá tramitar al margen de lo determinado por la Ley
21/2013 de Evaluación ambiental. En su lugar, sólo se someterán a un
“procedimiento de determinación de afecciones ambientales”, independientemente
de si están ubicados en zonas de sensibilidad baja o alta según la
'Zonificación ambiental para la implantación de energías renovables', e
independientemente de la longitud de su línea de evacuación de energía.
De esta manera el Ministerio para la Transición
Ecológica "retrocede en la protección ambiental al tiempo que, al eliminar
la exposición a información pública, fulmina la transparencia y posibilidad de
participación ciudadana, y de consultas a los ayuntamientos y organismos,
contrariamente a lo establecido por diversas directivas europeas", según
denuncia Teruel Existe.
La formación política denuncia que el Real Decreto-ley
de 27 de diciembre de 2022 de medidas de respuesta a las consecuencias
económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, que entró en vigor el día de su
publicación en el Boletín Oficial del Estado el día 28, es un “verdadero
despropósito del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, que
está actuando en contra de los objetivos que lo definen, porque ni esta
transición es ecológica, ni sirve para afrontar el problema del reto
demográfico”.
Teruel Existe explica que, desde que se presenta el
proyecto, toda la sociedad (ayuntamientos, empresas, ciudadanos…) en ningún
momento podrá consultarlo antes de que se publique en el BOE la autorización
administrativa. Y no podrán presentarse alegaciones ni participar de ninguna
manera en el “procedimiento de determinación de las afecciones
ambientales".
España otorga mayor permisividad a los
promotores que la Unión Europea
El diputado de Teruel Existe, Tomás Guitarte, ha
lamentado que el Gobierno español “esté yendo mucho más allá en las concesiones
a los promotores eólicos y fotovoltaicos de lo que exige la Unión Europea en su
proceso de aceleración, lo que conlleva que el conjunto de nuestro país vea
restringidos sus derechos ambientales y cuente con una menor posibilidad de
participación ciudadana que el resto de los europeos”. Desde el Gobierno de
España se remiten a las exigencias europeas en sus argumentos para implantar
estas medidas, pero Teruel Existe denuncia que “esta excusa no es exactamente
así”.
Así, explican que si bien el Reglamento Europeo
2022/2577 del Consejo de 22 de diciembre de 2022 contempla la excepcionalidad
de eximir de evaluación de impacto ambiental a determinados proyectos
concretos, no es así para tipologías enteras de proyectos (todos los parques
eólicos y todas las centrales fotovoltaicas) sin una motivación clara y
contundente, como sí permite España con el nuevo Real decreto ley.
Además, el Reglamento Europeo exige que el proyecto
“esté ubicado en una zona específica de energías renovables”, mientras que el
Real Decreto-Ley del Gobierno de España exime de la evaluación ambiental a
todas las zonas, puesto que no se ha considerado la 'Zonificación ambiental
para la implantación de energías renovables' que elaboró el Ministerio para la
Transición Ecológica donde se detallaron las zonas de máxima sensibilidad
ambiental en las que no era recomendable la implantación de eólicas y
fotovoltaicas. De esta forma, estas zonas ya no pueden acogerse a este criterio
de exclusión, “una situación de extrema gravedad puesto que ahora ya cabe todo
en todo el territorio”.
Por otra parte, el Reglamento Europeo exige, para la
eliminación del trámite de evaluación ambiental, que la zona de ubicación del
proyecto “se haya sometido a una evaluación medioambiental estratégica".
Teruel Existe resalta que “en ningún lugar de España se están implantando las
energías renovables de forma planificada con una evaluación ambiental
estratégica, porque ni el Estado ni las comunidades autónomas han creado planes
para el desarrollo de las renovables”.
Resaltan que el Reglamento Europeo indica el
establecimiento de alguna medida de mitigación o compensación para garantizar
la protección de especies, pero el Gobierno español no sólo no detalla ninguna
de ellas sino que permite la ubicación de parques eólicos y plantas
fotovoltaicas en el límite mismo de ZEPAs y LICs, sin que esté prevista ninguna
evaluación sobre las repercusiones a los valores y especies que se encuentran
en dichos espacios, con lo cual, de facto, “se están desprotegiendo estos
Espacios Protegidos Red Natura 2000”.
Un decreto que
restringe muchos más derechos ambientales que el anterior
Tomás Guitarte destaca que este Real decreto ley 20/2022 “es aún más restrictivo de derechos”
que el de marzo de 2022 (RDL 6/2022), porque ahora eximen de evaluación
ambiental a todos los proyectos establecidos fuera de la Red Natura 2000 o
Parques Naturales, tengan la potencia que tengan, mientras que en el decreto de
marzo limitaban esta exención a los proyectos eólicos de menos de 75 MW y a los
proyectos fotovoltaicos de menos de 150 MW.
Además, con el nuevo Real decreto ley no hay
evaluación de impacto ambiental ordinaria para ningún proyecto aunque se
encuentre en Zona de sensibilidad ambiental máxima, muy alta, alta o moderada,
mientras que anteriormente, después del acuerdo del Gobierno con Teruel Existe,
se exigía la evaluación de impacto ambiental ordinaria “para los proyectos que
no estuvieran ubicados íntegramente en zonas de sensibilidad baja según la
«Zonificación ambiental para la implantación de energías renovables»,
herramienta elaborada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico”. Por último, señalan que si el Decreto de marzo exigía la
evaluación de impacto ambiental ordinaria a los proyectos de energías
renovables cuando la línea de evacuación de la central eléctrica tuviera una
longitud superior a 15 km, con el nuevo Decreto se exime de evaluación
ambiental a los parques eólicos y plantas fotovoltaicas y es únicamente la
línea la que debe someterse a evaluación ambiental si tiene más de 220 KV y más
de 15 km de longitud.
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