Amplían un mes el periodo de las batidas del jabalí en Aragón para luchar contra la sobrepoblación
El Boletín Oficial de Aragón (BOA) publicará este
lunes, 27 de febrero, la resolución del Departamento de Agricultura, Ganadería
y Medio Ambiente por la que se aprueba la ampliación del periodo hábil de la
caza del jabalí en la modalidad de batida hasta el 26 de marzo de 2023. La
medida afecta a toda la Comunidad Autónoma de Aragón y supone aumentar en un mes
el periodo hábil.
El Gobierno de Aragón ha tomado esta medida en base
al constante crecimiento de la población de jabalí, que obliga a intensificar
la caza para controlar la expansión de la especie y evitar riesgos para la
agricultura, ganadería y seguridad vial, fundamentalmente.
En materia de sanidad animal, el jabalí es una
posible fuente de diseminación de enfermedades transmisibles a la ganadería
doméstica, como la peste porcina africana, peste porcina clásica, tuberculosis,
brucelosis, enfermedad de Aujeszky, entre otras.
También desde el punto de vista de la ganadería y la
agricultura, los daños a cultivos y cabañas ganaderas provocados por la
sobrepoblación de la especie ocasionan importantes pérdidas para las
producciones.
En relación a la seguridad vial, cada vez son más
frecuentes los accidentes de tráfico provocados por jabalíes, en ocasiones con
daños personales irreparables. Además, existen otros riesgos relacionados con
la degradación de hábitats y alteración de biodiversidad; así como otras
amenazas para la salud pública por actuar como reservorio de enfermedades
infecciosas.
La normativa que debe cumplirse durante la
realización de las batidas se establece en el artículo 20 de la Orden
AGM/883/2022, de 8 de junio, por la que se aprueba el Plan General de Caza de
Aragón para la temporada 2022-2023.
De este artículo cabe destacar lo siguiente: se
deberán completar los datos de la batida en el libro de registro de batidas;
las batidas deberán ser autorizadas por escrito por la persona titular del
coto; la batida deberá señalizarse de forma visible, para ello el mismo día y
antes del inicio de la misma se colocarán señales normalizadas en el encuentro
de la zona a batir con los accesos principales, senderos balizados y
cortafuegos, las señales se orientarán hacia el exterior de la zona a batir y
se retirarán el mismo día de su colocación una vez finalizada la batida; con el
fin de aumentar la seguridad, todos los batidores o resacadores deberán portar
chalecos de alta visibilidad de colores naranja, amarillo o rojo vivos; las
personas que intervengan en una batida, así como sus posibles acompañantes,
aunque no estén cazando, deberán portar o bien una prenda tipo chaleco o
chaqueta o brazaletes en ambos brazos de colores naranja, amarillo o rojo vivos,
o bien una prenda de cabeza que, al menos, incorpore una banda de dichos
colores perimetral a la corona o copa de la prenda y que tenga, como mínimo,
cuatro centímetros de anchura.
Como medida de seguridad, se autoriza a los
resacadores a portar escopetas provistas de cartucho con bala o de perdigones
con un gramaje de hasta 30 gramos inclusive y no podrán portar armas que
disparen cartuchería metálica; se autoriza un máximo de dos armas de caza por
puesto de la batida; las batidas no podrán incluir una vía pública asfaltada en
la mancha a batir y en el caso de pistas forestales o caminos no asfaltados
aptos para el tránsito de vehículos, los puestos de batida se podrán colocar en
las propias pistas forestales o caminos y solo se podrá disparar hacia el
exterior de la pista o camino; el cazador deberá vaciar y dejar abierta la
recámara del arma de fuego cuando detecte la circulación de vehículos, personas
o ganados a distancia inferior al alcance del arma utilizada.
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